sábado, enero 27, 2007

Tema VI.1: La Banca.
A lo largo de la Edad Moderna se produce un enorme desarrollo del mundo financiero y de la banca, debido a una expansión de una economía fuertemente monetaria, además de instrumentos de crédito y una intensa vinculación a la realidad sociopolítica del momento (caso de los sistemas de financiación de los grandes estados autoritarios de Europa Occidental, sobre todo, en la Monarquía Hispánica), todo lo cual facilitaría la disponibilidad de fondos económicos para los Estados y el intercambio comercial entre varias regiones y países del continente o de tierras del resto del mundo.
*Sistemas de crédito.
Un crédito, como tal, es un adelanto de dinero a cambio de un interés; sin embargo, ciertos historiadores de la economía (Muldrew, Clavero) han demostrado que este concepto evolucionaría o tendría diferentes matizaciones a causa de su observación dentro de una determinada perspectiva social.
En sí, el sistema de crédito de la Edad Moderna no conoce fronteras, tal y como se puede ver en los diferentes nexos financieros que se extendían con gran celeridad por toda Europa. Depende sobremanera del clientelismo, un fenómeno que interrelaciona tanto a la nobleza como al campesinado con los flujos de cesión de dinero, y se le considera no tanto como una consecuencia del endeudamiento familiar o personal, ya que existe una connotación positiva en vista de una futura inversión de capital en asuntos mercantiles o industriales[1], o para sufragar los gastos en arte, modos de vida… situados muy por encima de las posibilidades económicas de una nobleza dependiente de las rentas de sus propiedades rústicas. La revisión de la idea de ingreso y gasto, todavía no asentadas firmemente hasta fines del Antiguo Régimen, la pervivencia de la condición de la previsión y del crédito como una parte estructural del sistema económico moderno o los presupuestos ideológicos tanto de la Monarquía (“liberalitas”) como de los particulares, serán factores necesarios para el análisis fehaciente y científico de estos procesos dentro de la sociedad europea de toda la Edad Moderna.
El crédito no solo aúna a los financieros con los distintos integrantes de los estamentos sociales, desde la alta nobleza hasta los pequeños propietarios rurales, ya que se va a mostrar como un factor capital para el sostenimiento de las monarquías o estados modernos. En este sentido, existen dos tipos de préstamos bancarios para calmar las necesidades palatinas o políticas de los soberanos absolutos:
a) Renta flotante: vinculada a préstamos de plazo corto, lo cual supondrá la existencia de intereses altos, para movilizar moneda con rapidez en caso de gastos inmediatos en toda Europa o el mundo ultramarino vinculado a ella. Un caso particular español será el “asiento”. Originado en la época de los Reyes Católicos e institucionalizado con Carlos I, será una operación de adelanto de dinero y de cambio de moneda con el objetivo de enviar capital o moverlo en otros espacios de los negociados, mediante los cuales la banca obtiene pingües beneficios por los desequilibrios de la valoración de moneda, resintiéndose la Real Hacienda de la pérdida de buena moneda (real de a 8) enviada al mercado extranjero. Los principales asentistas del periodo 1517-1700 serán los genoveses (Spinola, Centurione, Doria, Grimaldo, Grillo…), aunque también participarán del sistema de los “asientos” otros financieros florentinos (Strozzi) y alemanes (Függer, Welser) en época de Carlos I, o portugueses (Pessoa) y españoles (Malvenda, Salinas, Ruiz…) ya a fines del siglo XVI y durante el siglo XVII.
b) Renta consolidada: capital aportado para devolverse a largo plazo (e incluso a tiempo indefinido), que evolucionará hasta convertirse en la deuda de Estado actual (“juros” españoles, “bonds” ingleses, “rentes sûr l’Hôtel de Ville” franceses). Respecto a los tipos de juros, existentes ya a fines de la Baja Edad Media española, se dividen en varios tipos, sobre todo, a causa de la duración de ellos: “al quitar” (a largo plazo), “perpetuo” (de por vida), “de heredad” (sin limitación acordada, se concedía como merced a los nobles “por siempre jamás”, formando a integrar parte de los mayorazgos) y “de resguardo” (se darán desde las primeras grandes bancarrotas hacia 1560, significan una garantía crediticia para los asentistas o banqueros).
*Bancarrotas.
La suspensión de pagos o bancarrota demostraba a los financieros de la Corona la incapacidad del Estado para devolver los créditos e intereses concedidos con anterioridad (todavía vigentes) para sufragar los gastos normalmente vinculados a la compleja política internacional de los monarcas. Durante el siglo XVI, en el reinado de Felipe II, se producirán cuatro quiebras de la Real Hacienda para con los asentistas de la Monarquía Hispánica (1557, 1560, 1575, 1596), ante quienes se realizará una renegociación general de los contratos (el denominado “medio general”), con lo que se devuelve parte del préstamo no con dinero líquido sino con juros “de resguardo” o, ya en el siglo XVII, con la enajenación de jurisdicciones de lugares, vasallos y rentas[2].
[1] Asunto en revisión en la actualidad, como expone el profesor Bartolomé Yun-Casalilla en un reciente estudio que analizaría la posición de la nobleza británica y española en relación a su actividad inversora, de donde se indica la cercanía de estos dos grupos, pese al peso de los postulados de la historiografía tradicional. Para más información, consultar YUN-CASALILLA, B., “Redes urbanas atlánticas en la formación de Europa (1500-1800). A favor y en contra de una interpretación whig de la historia europea”, en FORTEA J. I. & GELABERT J. E. (eds), La ciudad portuaria atlántica en la historia: siglos XVI-XIX, Universidad de Cantabria, Santander, 2006, pp. 355-380.
[2] Sobre la evolución en la escala social de banqueros por medio de concesiones y mercedes reales en el siglo XVII, consultar SANZ AYÁN, C., “Blasones son escudos: el ascenso económico y social de un asentista del rey en el siglo XVII, Bentura Donis”, Cuadernos de Historia Moderna, 20, pp. 33-57.